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Junio 2024

REGLAS DE CONDUCTA

1. Introducción
2. Definiciones
3. Cómo convertirse en IBO
4. Responsabilidades y obligaciones
5. Presentación del plan, auspicio y apoyo
6. Preservación de la Línea de auspicio
7. Materiales de apoyo al negocio (BSM)
8. Marcas y obras protegidas por derechos de autor
9. Cumplimiento del contrato de IBO (Recursos por incumplimiento)
10. Modificación del contrato de IBO
11. Procedimientos para la resolución de disputas

1. Introducción

Las Reglas de conducta («Reglas») son parte clave del contrato entre Amway y los IBO (el «Contrato de IBO»). Las Reglas han sido cuidadosamente desarrolladas en conjunto con el Consejo de la IBOAI y han sido implementadas luego de notificar a los IBO y revisar sus comentarios.

Los IBO son dueños de y operan sus propios negocios independientes («IB»). Amway reconoce el valor que las contribuciones de los IBO que han alcanzado metas del negocio puedan tener en desarrollo de otros IBO a los cuales auspician y apoyan según las Reglas. A medida que los IBO se convierten en líderes establecidos, cumplen un papel cada vez más importante en la mentoría, educación y capacitación de otros IBO sobre del negocio Amway. Entre otras cosas, las Reglas fueron diseñadas para asegurar que todos los IBO tengan el apoyo necesario para continuar el desarrollo de sus IB con Amway.

De acuerdo con el Contrato de IBO, los IBO reciben beneficios considerables, que incluyen: el derecho de comprar productos a través de Amway al costo al IBO para la reventa; el derecho de auspiciar a otros a convertirse en IBO y vender productos ofrecidos en www.amway.com; el derecho de calificar para las bonificaciones según el Plan de Compensación del IBO Amway («Plan»); el uso de la propiedad intelectual de Amway de acuerdo con las Reglas; y diversas formas de apoyo para los IBO y sus clientes. Como parte de su compromiso de apoyar la oportunidad que se ofrece a los IBO, Amway invierte recursos considerables en mantener su prestigio, en la Línea de auspicio («LOS») y en la Información de la LOS para proporcionar a Amway y los IBO una ventaja competitiva. Tanto los IBO como Amway comparten un interés de negocio competitivo para mantener y proteger dichos recursos e intereses Las Reglas brindan resguardos importantes para los IBO y Amway en lo que a esto respecta, al igual que derechos y obligaciones contractuales.

1.1. Relación contractual: Amway Corp. («Amway») tiene un contrato con cada IBO, el cual incluye todos los términos contenidos en el formulario del Acuerdo de registro de IBO formalizado por el IBO, el o los formularios de renovación formalizados o autorizados por el IBO, el Plan y las Reglas vigentes en el momento en que el IBO formalizó el Acuerdo de registro de IBO, así como cualquier acuerdo de entidad para Empresarios independientes («Acuerdo de entidad») o modificaciones al Plan o a las Reglas que entran en vigencia durante el plazo del contrato (el «Contrato de IBO»). Puedes consultar las versiones actuales del Plan y de las Reglas en Amway.com.

Como parte del Contrato de IBO, los IBO están obligados a cumplir con las Reglas.

1.2. Elección de derecho aplicable: Con excepción de las disposiciones de la Ley Federal de Arbitraje aplicables a la Regla 11, la formación, construcción, interpretación y exigibilidad del Contrato de IBO, así como cualquier reclamo derivado o relacionado con dicho Contrato, estarán regidos según la ley del estado de Michigan, sin dar lugar a reglas o disposiciones sobre conflicto de competencia o de leyes (ya sean del estado de Michigan o de cualquier otra jurisdicción) que puedan causar la imposición de las leyes de cualquier otra jurisdicción ajena a la de dicho estado. El lugar donde se realiza el Contrato de IBO es Michigan.

1.3. Divisibilidad: Si un árbitro o un tribunal de jurisdicción competente determina que cualquier parte de las Reglas de conducta es inaplicable en cualquier aspecto, entonces deberá aplicarse el resto de las Reglas de conducta en la mayor medida posible permitida por la ley sin afectar la aplicabilidad de las demás disposiciones de las Reglas de conducta.

2. Definiciones

2.1. Plan de compensación del IBO de Amway (o Plan): el convenio comercial a través del cual los IBO reciben cierto ingreso u otra compensación según se describe en la Sección A de la Guía de Referencia del Negocio.

2.2. Obras protegidas por derechos de reproducción: Obras protegidas que son propiedad de o fueron creadas por Amway, o para las cuales Amway cuenta con una licencia de uso.

2.3. Cliente: Alguien que no es IBO y es usuario final de los productos y servicios ofrecidos a través de o por Amway.

2.4. Afirmaciones de ingresos: Significa toda representación explícita o implícita que exprese ingreso real o potencial obtenido por –o que pueden obtener– los IBO, o un estilo de vida alcanzado o alcanzable mediante el negocio Amway.

2.5. Negocio independiente (IB): un negocio independiente de Amway operado por uno o más IBO conforme al Contrato de IBO.

2.6. Empresario independiente (IBO): Una o varias personas o una entidad que opera un IB conforme al Contrato de IBO.

2.7. Consejo de la IBOAI: Se refiere al Consejo directivo de la Independent Business Owners Association International, Inc.

2.8. Línea de auspicio (LOS): El arreglo estructural de los IBO establecido por la relación contractual de cada IBO con Amway.

2.9. Información de la LOS: Incluye toda la información que revela o se refiere a la totalidad o parte de la Línea de auspicio, que incluye –pero no se limita– a los números de IBO y otros datos de identificación de un negocio de IBO, información de contacto personal del IBO, información del rendimiento del negocio de IBO y toda la información generada o derivada de allí, en sus formas pasadas, presentes o futuras.

2.10. Marcas: Las marcas comerciales y de servicio, imágenes y nombres comerciales adoptados o usados por Amway y/o de cualquier otro modo sujetos a derechos comerciales de los cuales Amway es propietario o licenciatario, independientemente de si dichas marcas comerciales, de servicio, imágenes o nombres comerciales están sujetos a solicitud o registro de marca.

2.11. Prospecto: Significa clientes potenciales e IBO potenciales.

2.12. Estándares de control de calidad para contenido («Estándares de contenido de los QAS»): Se refiere al documento que determina los estándares de garantía de calidad de Amway para contenido, que prescribe los requisitos para los IBO en relación a mensajería y creación de contenido. Puedes ver los Estándares de contenido de los QAS actuales en www.amway.com/QAS.

2.13. Región: Estados Unidos, Canadá, República Dominicana, Puerto Rico, Islas Vírgenes de EUA, Guam, Jamaica, Islas del Pacífico de Samoa Americana, Estados Federados de Micronesia, Islas Marshall, Islas Marianas del Norte, Palau, Isla Wake y todas las islas del Atlántico y el Caribe autorizadas para operar de conforme al Plan.

2.14. Uso: (a) con respecto a las Marcas, colocar, fijar o exhibir –de manera directa o indirecta– una o más Marcas en alguno de los productos o servicios o en relación con ellos, que tienda a crear la impresión de afiliación, conexión o asociación entre Amway y el/la IBO o Proveedor Aprobado; y (b) respecto a las obras protegidas por derechos de reproducción: reproducir, distribuir y/o exhibir copias de las mismas, ya sea de forma total o parcial, incluso por medio de transmisiones digitales de audio, y crear cualquier obra derivada.

3. Cómo convertirse en IBO

3.1. Acuerdo de registro: Para convertirse en IBO, el/la solicitante debe tener 18 años de edad y completar y firmar el Acuerdo de registro de IBO siguiendo los procedimientos en el sitio web de Amway.

3.2. Aceptación o rechazo del Acuerdo de registro de IBO: Amway se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier Acuerdo de registro de IBO. Amway considerará aceptado un registro cuando reciba un Acuerdo de registro de IBO completado y firmado de acuerdo con la Regla 3.1, cuando su contenido sea verificado usando la base de datos de registros de los IBO de Amway y si el registro no infringe ninguna Regla de Conducta. Amway podrá autorizar de manera temporal a un Empresario independiente a realizar negocios mientras espera a recibir un Acuerdo de registro de IBO completado y firmado, de acuerdo con las Reglas de conducta, hasta por 90 días.

3.3. Entidades legales como IBO: Los IB deberán formarse inicialmente por y en nombre del o de los solicitantes individuales. Luego de recibir un número de IBO, el/la IBO que desee operar su IB como una corporación, una compañía de responsabilidad limitada (LLC), una sociedad formal, una sociedad limitada, una sociedad de responsabilidad limitada (LLP) o un fideicomiso deberá completar el acuerdo de entidad para Empresarios independientes correspondiente y enviarlo a Amway, que puede aceptarlo o rechazarlo. Los IBO existentes a partir de septiembre del 2012, que están operando a través de una entidad legal bajo un Acuerdo de Entidad existente aprobado por Amway, podrán continuar operando bajo dicho acuerdo, pero el/la IBO y la entidad deberán firmar el Acuerdo de Entidad actualmente aplicable de ser solicitado o en caso de un cambio en la posesión o el control de la entidad.

3.4. Cónyuges como IBO: Si ambos cónyuges desean convertirse en IBO, deberán registrarse juntos como un solo IB. Los cónyuges no podrán auspiciarse mutuamente. Si un cónyuge ya es IBO, el otro debe unirse al IB de su cónyuge si decide convertirse en IBO. Un/una IBO será responsable de las acciones de su cónyuge, sea que fuese IBO o no, en la medida que lo establezcan las Reglas de conducta.

3.5. Menores de edad como empresarios independientes: Los menores de edad de al menos 16 años pueden convertirse en IBO únicamente con el propósito de comercializar productos y servicios ofrecidos a través de o por Amway. Un menor que desee convertirse en IBO debe ser añadido como copropietario al IB de sus padres o tutores. Los menores no pueden desempeñar el cargo de administrador en ningún IB.

3.6. Plazo: El plazo del Contrato de IBO vencerá al final de cada año calendario, a excepción de los registros iniciales aceptados por Amway entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre, en cuyo caso dicho plazo inicial vencerá al final del año calendario siguiente.

3.7. Renovación anual: Para poder renovar el Contrato de IBO, el/la IBO deberá registrar anualmente una solicitud de renovación hasta el 31 de diciembre del año anterior al año por el cual está renovando, y deberá pagar el costo de renovación anual requerido: (a) el 1 de enero, o posteriormente, del año siguiente al primer año de contrato de IBO, o b) al momento de dicha solicitud de renovación en el segundo año de contrato de IBO o de todo año de contrato subsecuente. Amway se reserva el derecho a rechazar cualquier solicitud de renovación o a revocar el Acuerdo de renovación de cualquier IBO si él/ella no cumple con todas las disposiciones del Contrato de IBO. Se puede completar y firmar un Acuerdo de renovación anual de una de las siguientes maneras: (i) un/una IBO deberá completar, firmar y enviar una versión electrónica del Acuerdo de renovación y pagar la tarifa anual de renovación del negocio, según lo detallado en el sitio web de Amway; o (ii) posterior al primer año de contrato de IBO, él/ella podrá firmar un Acuerdo de renovación automático con Amway.  A menos que Amway lo indique de otro modo, los IBO que alcanzaron el nivel de Productor Plata o superior, que no están en su primer año de contrato, se renovarán automáticamente con el fin de evitar una interrupción involuntaria de sus negocios, y Amway cobrará la tarifa de renovación según lo descrito anteriormente.

3.8. Renovación tardía: En caso de que Amway acepte el Acuerdo de renovación de IBO que no haya sido presentado de acuerdo con la Regla 3.7, Amway no tendrá la obligación de restablecer las relaciones de auspicio de IBO con los IBO de línea descendente.

3.9. Finalización del Contrato de IBO: Un/una IBO puede dar por terminado su Contrato en cualquier momento antes de su vencimiento mediante una comunicación por escrito dirigida al departamento de Reglas y Conducta del negocio Amway. Las personas que den por concluido su Contrato de IBO pueden convertirse en clientes inmediatamente.

3.10. Fallecimiento y herencia: Un IB puede ser legado al cónyuge, heredero u otro beneficiario de un IBO fallecido.

3.10.1. En los casos en los que el IB sea una propiedad compartida, como en el caso de cónyuges o una sociedad, y uno de los cónyuges o socios fallece, a menos que ellos –con anterioridad– hayan establecido disposiciones que indiquen lo contrario, Amway reconocerá al cónyuge o socio(s) sobreviviente(s) como el o los propietarios del IB. El o los sobrevivientes deberán presentar una copia certificada del acta de defunción para que Amway cambie sus registros.

3.10.2. En aquellos casos en los que el IB sea operado como una entidad de acuerdo con la Regla 3.3 y uno de los propietarios de dicha entidad fallece, dicha entidad seguirá operando el IB, siempre y cuando la entidad cumpla con los requisitos de la Regla 3.3 y el sucesor del empresario fallecido sea un IBO en cumplimiento pleno de las Reglas. La entidad notificará a Amway del cambio de propiedad o control de la entidad enviando el Acuerdo de Entidad aplicable en ese momento, que refleje los cambios propuestos, y cualquier cambio propuesto en cuanto a la propiedad o el control de la entidad requiere la autorización explícita de Amway por escrito.

3.10.3. En los casos en los que un/una IBO disponga del IB en un testamento, Amway reconocerá los términos de la transferencia siempre que el beneficiario sea IBO que esté en cumplimiento de las Reglas.

3.10.4. Si no hay IBO calificados que puedan operar un IB debido a una validación de testamento u otros procedimientos judiciales, Amway tendrá la opción de firmar un acuerdo de servicio con otro IBO, preferentemente de línea ascendente en la LOS, para administrar el IB hasta que los procedimientos finalicen.

3.11. Proveedor de pago: Amway puede usar un proveedor externo para pagar bonificaciones y/u otro dinero generado por los IBO bajo el Plan. Los IBO deben (a) registrarse con cualquier proveedor de la elección de Amway y continuar registrados con cualquier proveedor de la elección de Amway, el cual está sujeto a cambios, siempre que sigan siendo un IBO, incluyendo aceptar los términos y condiciones actualmente aplicables del proveedor, si los hubiera, y (b) proporcionar a dicho proveedor toda la información que requiera, que puede incluir –pero no se limita a– una dirección de correo electrónico principal y un número de identificación fiscal, para permitir que el proveedor realice pagos a los IBO en nombre de Amway. El registro del proveedor actual y otros requisitos para la realización de pagos a los IBO se pueden encontrar en www.amway.com/paymentvendor.

4. Responsabilidades y obligaciones

4.1. Responsabilidad de buena fe: Según los términos del Contrato de IBO, Amway y todos los IBO acuerdan desempeñar sus obligaciones conforme a la responsabilidad de buena fe y trato justo. Un/una IBO será responsable de las acciones de los socios, familiares o terceros que actúen o pretendan actuar en nombre del IBO o en nombre del IB, en la medida que las Reglas de conducta lo determinen. Ningún IBO deberá ayudar e incitar a otro IBO a violar las Reglas de conducta. Los IBO no deberán realizar ninguna actividad que pueda arriesgar la reputación de Amway o de otros IBO.

4.2. Compra o Venta cruzada entre grupos: Ningún IBO deberá participar en ningún tipo de compra o venta cruzada entre grupos. La compra o venta cruzada entre grupos ocurre cuando un/una IBO vende productos y servicios ofrecidos vía Amway a otro IBO que él o ella no auspició personalmente, a menos que (a) lo permita un acuerdo de servicio o (b) cuando un/una IBO realiza compras de productos o servicios ofrecidos a través de Amway directamente de, o a través de, su Platino de línea ascendente.

4.3. Mensajes electrónicos no solicitados: Ningún IBO deberá enviar, transmitir ni comunicar de otro modo mensajes electrónicos no solicitados que se relacionen con Amway, su oportunidad de negocio, productos o servicios a personas con quienes el IBO no tenga una relación personal o comercial preexistente. (Esto incluye –pero no se limita a– el envío de mensajes a través de grupos de noticias, listas de correo adquiridas, «listas seguras» u otras listas de individuos o entidades con las cuales el IBO no tenga una relación preexistente).

4.4. Publicidad: Los IBO podrán publicitar solamente con la autorización explícita de Amway por escrito.

4.5. Tiendas minoristas: Los IBO que sean propietarios de un establecimiento minorista o que trabajen en uno deberán operar su IB de manera independiente a dicho establecimiento. Ningún IBO deberá permitir que los productos, servicios o literatura ofrecidos por o a través de Amway se vendan o exhiban en tiendas minoristas, que incluyen lugares como escuelas, ferias, kioscos, máquinas expendedoras, sitios web no autorizados, tiendas militares, salones de belleza u oficinas profesionales.

4.5.1. Ventas en eventos: La venta de categorías de productos autorizados por parte de los IBO se permite únicamente en eventos temporales (de no más de 10 días) cuyas temáticas estén de acuerdo con los productos en venta, y solo después de obtener la autorización por escrito de Amway. Con el fin de dar a Amway tiempo suficiente para otorgar la autorización, el/la IBO debe completar y enviar a Amway un Formulario de solicitud de ventas en eventos 30 días antes del evento. Se puede obtener una copia del formulario en www.amway.com.

4.5.2. Puestos de exhibición: La exhibición solamente (no ventas) de productos y literatura aprobados, por parte de los IBO, se permite solo durante eventos temporales (no más de 10 días), y solo con autorización expresa y por escrito de Amway. Con el fin de dar a Amway tiempo suficiente para otorgar la autorización, el/la IBO debe completar y enviar a Amway un Formulario de solicitud de puestos de exhibición 30 días antes del evento. Se puede obtener una copia del formulario en www.amway.com.

4.6. Afirmaciones sobre productos, servicios y la oportunidad: Los IBO solo deberán hacer declaraciones veraces y precisas acerca de la oportunidad del negocio, los productos y los servicios ofrecidos a través de o por Amway. Los IBO no deberán hacer ninguna otra declaración acerca de los productos o servicios ofrecidos por Amway o a través de la empresa que las que aparecen en la literatura autorizada de Amway y en www.amway.com. Todas las afirmaciones sobre productos o servicios ofrecidos por o mediante Amway deben cumplir con los Estándares de contenido de los QAS.

4.7. Reenvasado: Los productos ofrecidos a través de o por Amway solo deben venderse en sus envases originales y con sus fórmulas originales. Los IBO no pueden reenvasar productos, o cambiar o alterar de otro modo, ningún envase, etiqueta o material de productos ofrecidos a través de o por Amway.

4.8. Recibo de ventas por escrito: Un/una IBO que recibe y/o entrega personalmente una orden de más de $25 deberá proporcionar a su Cliente un recibo de la orden por escrito con fecha en que se realizó la venta, y que deberá: (a) describir el o los productos vendidos; (b) declarar el precio cobrado; (c) incluir nombre, dirección y teléfono del IBO que vende; e (d) incluir la garantía de satisfacción de Amway.

4.9. Garantía de satisfacción: Cuando un cliente solicita el servicio de garantía de satisfacción dentro del plazo de garantía indicado para un producto comprado directamente a un/una IBO, tal IBO deberá ofrecerle inmediatamente la opción de: (a) el reembolso total; (b) el intercambio por un producto similar; o (c) crédito por el valor total aplicable en la compra de otro producto. Si Amway envía un producto directamente al cliente, este deberá seguir las instrucciones de devolución que aparecen en la etiqueta de empaque. En el caso de compras del IBO, únicamente se podrán devolver aquellas compras realizadas para uso personal, familiar o de algún miembro de su hogar según la garantía de satisfacción. Toda vez que un/una IBO solicite el servicio de garantía de satisfacción dentro del plazo de garantía indicado, podrá elegir entre: (a) el reembolso total; (b) el cambio por el mismo producto o uno similar, o (c) crédito por el valor total aplicable en la compra de otro producto.

Puedes encontrar la garantía de satisfacción actual en www.amway.com/amwaypromise, haciendo clic en 100 % garantía de satisfacción.

4.10. Regla de recompra: Los IBO que abandonen el negocio Amway tienen derecho a devolver los productos Amway. Un/una IBO saliente podrá elegir vender el inventario de productos Amway actualmente comercializables a un/una IBO de línea ascendente a precio mutuamente convenido. Si un/una IBO saliente no puede asegurar la recompra del inventario con un/una IBO de línea ascendente, Amway volverá a comprar los productos no usados del IBO que sean actualmente comercializables, sujeto a lo siguiente: (a) Amway devolverá todos los pagos correspondientes del diferencial de bonificación de rendimiento y los pagos de bonificación de liderazgo a los IB que los recibieron originalmente; y (b) Amway cobrará los costos de transporte incurridos por el/la IBO que abandona el negocio Amway si el reembolso neto incluye dichos costos y un cargo por servicio equivalente al 10 % del Costo al IBO de los productos que son devueltos para cubrir los cargos de manejo y procesamiento.

4.11. Otras devoluciones: Un/una IBO que no abandone el negocio Amway puede pedirle a Amway que devuelva los productos Amway si él o ella está atravesando dificultades financieras u otras circunstancias excepcionales según lo explique tal IBO. Las solicitudes de devolución son revisadas caso por caso. Amway se reserva el derecho de solamente volver a comprar productos Amway comerciables en la actualidad no usados, según las disposiciones establecidas en la Regla 4.9.

4.12. Regla del setenta por ciento: Para que un/una IBO pueda obtener una bonificación de rendimiento o reconocimiento por todos los productos comprados, un promedio mensual del 70 % del Volumen de negocio (BV) personal del IBO debe provenir de productos vendidos a un precio comercialmente razonable; en caso de que el/la IBO no cumpla con este requisito, se le pagará el porcentaje de la bonificación de rendimiento calculado de acuerdo con la cantidad de productos cuya venta real pueda demostrar en lugar de la cantidad de productos comprados, y se le reconocerá de acuerdo a ello. A los fines de esta Regla, una cantidad razonable de productos usados por los IBO en la operación normal de sus negocios Amway pueden contribuir al promedio del 70 %.

4.13. Volumen de clientes: Para poder obtener el derecho a ganar una bonificación de rendimiento por el volumen de la línea descendente durante un mes determinado, un/una IBO debe: (a) completar por lo menos una venta a cada uno de 10 Clientes distintos; o (b) tener por lo menos 50 PV de ventas a cualquier número de Clientes. Con el fin de obtener los derechos mencionados en esta Regla, se debe vender a clientes que: (a) realicen una orden directamente a Amway; o (b) realicen una orden al IBO, quien la informa a Amway vía el sistema establecido por Amway para controlar dichas ventas. Es obligación del IBO asegurarse de cumplir con las directrices y requisitos oficiales comunicados por Amway para calificar a la Bonificación de rendimiento y otras recompensas, premios y reconocimientos. Esta Regla se aplicará a menos que el;la IBO actualmente sea Platino calificado o superior.

4.14. Cumplimiento de leyes, reglamentos y códigos aplicables: Los IBO deberán cumplir con todas las leyes, reglamentos y códigos que se aplican a la operación de su IB en el lugar donde dicho negocio opera. Los IBO no fomentarán, ayudarán ni incitarán a ninguna persona, ya sea directa o indirectamente, a que infrinja leyes, reglamentos, códigos o los términos del Contrato de IBO. Los IBO no tienen permitido operar ningún negocio ilegal, ni realizar o participar en cualquier práctica comercial engañosa o ilegal.

4.15. Entorno del negocio Amway: Amway es una empresa profesional ética y con igualdad de oportunidad. Los IBO no pueden discriminar por raza, origen étnico, género, estilo de vida, discapacidad, religión o afiliación política. Los IBO no pueden realizar comentarios denigrantes ni despreciativos o usar difamaciones despectivas contra otros en nada relacionado con Amway.

4.16. Relación con los IBO: Los IBO son contratistas independientes. Los IBO no deberán afirmar o dar a entender que son empleados, funcionarios o representantes legales de Amway, de sus filiales y/o de otros IBO. Los IBO no deberán declarar o dar a entender, ya sea de forma directa o indirecta, que el registro da lugar a una relación laboral entre ellos mismos y los IBO a quienes han auspiciado, o quienes los hayan auspiciado a ellos.

4.17. Franquicias y territorios: Los IBO no deberán declarar a nadie que existen franquicias o territorios exclusivos contemplados en el Plan.

4.18. Incitación a cambiar de lugar dentro de la Línea de auspicio: Bajo ninguna circunstancia deberá un/una IBO, ya sea de manera directa o indirecta, ofrecer, ayudar, tratar de inducir o alentar a otro IBO para que solicite un cambio de lugar dentro de la Línea de auspicio.

4.19. Exportación e importación: Los IBO no exportarán ni importarán productos o servicios ofrecidos a través de o por Amway, ni venderán a otros que crean que importarán o exportarán dichos productos o servicios, hacia o desde Estados Unidos o sus posesiones y territorios o cualquier otro país, sin importar si Amway o sus filiales hayan establecido o no operaciones o realicen negocios en ese país. Nada en esta regla prohíbe el uso personal o la reventa dentro de la región a los IBO de acuerdo con el Contrato de IBO.

4.20. Actividad fuera de la región o actividad fuera del mercado donde el IBO está registrado: Los IBO que participan, ya sea de manera directa o indirecta, en cualquier actividad relacionada con el negocio Amway en una jurisdicción fuera de la Región, deberán hacerlo de manera que cumpla con la letra y el espíritu de las leyes, los reglamentos, las reglas, las políticas y los procedimientos aplicables de la filial de Amway en dicha jurisdicción, sin importar si son o no IBO registrados en esa jurisdicción. El no obedecer se considerará incumplimiento del Contrato de IBO.

4.21. Buenas prácticas comerciales: Los IBO deberán operar sus IB de manera económicamente responsable y solvente. Amway se reserva el derecho de retener el pago de bonificaciones para solventar montos adeudados por un IBO. En caso de que un IBO o cualquier miembro asociado a su IB solicite una declaración de quiebra o enfrente un proceso de quiebra, o si se le confiscan bienes por orden judicial o para liquidar una deuda por fallo judicial no solventada, dicho IBO deberá informarlo a Amway inmediatamente.

4.22. Recaudación de fondos: Ningún IBO usará productos o servicios de Amway junto con ningún tipo de actividad para recaudar fondos. La recaudación de fondos incluye solicitar la donación de fondos o la compra de productos o servicios de Amway según la representación de que todos o algunos de los ingresos, activos, donaciones, bonificaciones o ganancias que genere dicha venta beneficiarán a un grupo, organización o causa en particular.

4.23. Manipulación del Plan por parte de los IBO: Los IBO no deberán manipular el Plan, el Valor de puntos (PV) o el Volumen de negocio (BV) de forma que dicha manipulación dé como resultado el pago de bonificaciones o de otros premios y reconocimientos que no hayan sido ganados de acuerdo con los términos del Contrato de IBO.

4.24. Actualización de información personal/del negocio: Todos los IBO son responsables de comunicar a Amway cualquier actualización o modificación de su información personal (por ejemplo, su nombre, dirección, dirección de correo electrónico, teléfonos, etc.) o de la información de su negocio (por ejemplo, el nombre del negocio, la dirección, dirección de correo electrónico, teléfonos, incorporación/supresión de un socio, cambio del estado del negocio, etc.).

4.25. Comunicación con Amway: Cuando las Reglas requieran que un IBO se comunique con Amway para avisos, permisos o autorizaciones, el mismo deberá comunicarse con el Departamento de Reglas y Conducta del negocio Amway por correo a 7575 Fulton Street East, Ada, Michigan, 49355, por fax al 1-616-787-7896 o por correo electrónico a bcr@amway.com. Por preguntas o inquietudes llama al 1-616-787-6712.

5. Presentación del Plan, auspicio y apoyo

5.1. Presentación del Plan: Al invitar a un Prospecto a escuchar una presentación del Plan, el/la IBO debe dejar en claro que lo que se describe u ofrece a dicho Prospecto es el Plan.

5.2. Descripción del Plan: Cuando se describe el Plan a Prospectos o IBO, toda afirmación hecha por el/la IBO debe ser veraz, precisa y no engañosa; además, debe trasmitir expectativas realistas sobre ingresos potenciales relacionados con el negocio Amway. Todas las afirmaciones que describan el Plan y el tiempo y esfuerzo para desarrollar un negocio independiente deben cumplir con los Estándares de contenido de los QAS.

5.3. Posicionamiento de Amway y Proveedores Aprobados: Los IBO deben situar de manera veraz, precisa y no engañosa las funciones de Amway y los Proveedores Aprobados, y cumplir los Estándares de contenido de los QAS al hacerlo.

5.4. Afirmaciones de ingresos: Las afirmaciones de ingresos deben cumplir los Estándares de contenido de los QAS.

5.5. Declaraciones requeridas: Cuando cualquier afirmación de ingresos expresa o implícita busque la participación de un Prospecto en el plan, los IBO deben brindar las divulgaciones como se estipulan en los Estándares de contenido de los QAS.

5.6. Prácticas de auspicio prohibidas: Al buscar participación de Prospectos en el Plan, un/una IBO deberá cumplir los Estándares de contenido de los QAS, y usar únicamente materiales autorizados por Amway o Materiales de apoyo al negocio autorizados para usarlos con Prospectos de acuerdo con la Regla 7 (Materiales de apoyo al negocio). Los IBO no deberán alentar ni exigir a un Prospecto a comprar nada en relación con el registro. Los IBO no deberán registrar ni auspiciar a IBO nuevos en una manera que manipule la posición de tales IBO en la LOS.

5.7. Responsabilidades del auspicio: El auspiciador deberá cerciorarse de que todos los IBO a quienes auspicie tengan acceso al Contrato de IBO, así como la oportunidad de leerlo. Un auspiciador también debe hacer el mejor esfuerzo para brindar a los IBO a quienes auspicia el acceso a recursos que ayuden en la construcción de sus IB, incluyendo el uso de los Materiales de apoyo al negocio, aprobado bajo la Regla 7.

5.8. Responsabilidades de platinos: Los IBO que califican como Platino o superior deben proveer o brindar acceso a reuniones de ventas periódicas con la finalidad de capacitar e inspirar a los IBO de línea descendente hasta el siguiente Platino calificado y asegurar el cumplimiento de las Reglas de conducta por parte de los IBO de línea descendente hasta el siguiente Platino calificado.

5.9. Prácticas de apoyo prohibidas: Los Auspiciadores y los IBO de línea ascendente no alentarán ni les pedirán a los IBO de línea descendente, como condición para recibir asistencia en la construcción de su IB después del registro, que (a) compren cualquier cantidad especificada de productos o servicios de Amway o de otra marca, o que (b) mantengan un inventario específico de productos o servicios de Amway o de otra marca.

6. Conservación de la Línea de auspicio

6.1. Confidencialidad de la LOS: Amway protege a la LOS y su información relacionada, para beneficio de Amway y todos los IBO. Amway mantiene la privacidad y confidencialidad de la Información de la LOS ya que se trata de un secreto comercial. Amway es la propietaria exclusiva de toda la información de la LOS que se deriva o sea recopilada, configurada y mantenida mediante el gasto considerable de tiempo, esfuerzo y recursos tanto de Amway como de sus IBO. Los IBO pueden hacer uso del buen nombre comercial de Amway y de la información de la LOS únicamente para fines permitidos en el Contrato de IBO.

6.1.1. Los IBO reconocen y aceptan no impugnar que: (i) la información relativa a la Línea de auspicio es confidencial y es un valioso secreto comercial perteneciente a Amway; (ii) la información relativa a la Línea de auspicio es propiedad exclusiva de Amway; y (iii) que los IBO no poseen ningún derecho con respeto a la información relacionada con la Línea de auspicio. Los IBO acuerdan no poner en duda ni interferir con la autoridad de Amway para otorgar licencias o sublicencias para el uso de información relacionada con la Línea de auspicio. Los IBO no deberán reivindicar o tratar de obtener ninguna clase de derechos o de protección respecto a la información relacionada con la Línea de auspicio más allá de los derechos o protecciones limitados que pueda otorgar esta Regla de manera específica.

6.1.2. Un IBO podrá usar Información de la LOS solamente con permiso previo de Amway por escrito, el cual puede ser presentado a través de una publicación general (a todos los IBO) o a través de escritos específicos a uno o más IBO. Cualquier permiso otorgado por Amway constituirá una licencia limitada, no exclusiva, no transferible y revocable por parte de Amway para que un IBO utilice la Información de la LOS solamente según sea necesario para facilitar su IB según lo permitan estas Reglas de conducta. Amway se reserva el derecho a denegar o revocar cualquiera de dichas licencias, con notificación previa al IBO en tiempo razonable, en la que se especifiquen las razones de dicha denegación o revocación, cuando, en opinión razonable de Amway, ello sea necesario para proteger la confidencialidad o el valor de la Información de la LOS.

6.1.3. Todos los IBO deberán mantener la Información de la LOS en la más estricta confidencialidad y deberán tomar todas las medidas razonables y adecuadas para salvaguardarla y preservar su confidencialidad. Los IBO no deberán recopilar, organizar, acceder, crear listas, usar o divulgar de forma alguna la Información de la LOS, salvo en la medida en que Amway lo autorice. Asimismo, los IBO no deberán divulgar Información de la LOS a terceros, ni usar dicha información en relación con otros negocios o para competir, de manera directa o indirecta, con el negocio Amway.

6.1.4. Los IBO deberán devolver inmediatamente toda información relativa a la Línea de auspicio en caso de renuncia, no renovación o rescisión de su IB, y deberán suspender su uso de manera inmediata.

6.1.5. Cada IBO reconoce que el uso o la divulgación de Información de la LOS sin la autorización de Amway causará un daño significativo e irreparable a Amway suficiente para justificar la aplicación de medidas precautorias, incluidas una orden de restricción temporal y/o medidas cautelares, el cumplimiento forzoso de las obligaciones y el pago de daños y perjuicios que incluyen costas judiciales, honorarios de abogados y la devolución forzosa de todas las ganancias obtenidas como resultado del uso o divulgación no autorizados.

6.1.6. Las obligaciones de un IBO bajo esta Regla 6.1 continuarán vigentes y seguirán siendo exigibles luego de una renuncia, no renovación o finalización en forma voluntaria o involuntaria del IB de dicho IBO.

6.2. No competencia y No reclutamiento:

6.2.1. No competencia (IBO actuales): Cada IBO acepta no poseer, gestionar, operar, dar asesoría, trabajar en un puesto clave ni participar como distribuidor independiente en (a) ningún otro programa de ventas directas que emplee una estructura de comercialización multinivel o en red, o (b) ninguna otra empresa que comercialice, a través de distribuidores independientes, productos o servicios con funciones intercambiables con aquellos ofrecidos a través de o por Amway.

6.2.2. No reclutamiento (IBO actuales): Cada IBO acepta abstenerse, por cuenta propia o en nombre de otra persona o entidad, ya sea de manera directa o indirecta, de alentar, invitar o tratar de reclutar o persuadir a (i) cualquier IBO o (ii) cualquier persona que haya sido un IBO durante los dos últimos años calendario con la finalidad de que posea, gestione, opere, asesore, trabaje en un puesto clave o participe como distribuidor independiente en (a) cualquier otro programa de ventas directas que emplee una estructura de comercialización multinivel o en red, o (b) en cualquier otra empresa que comercialice, a través de distribuidores independientes, productos o servicios con funciones intercambiables con aquellos ofrecidos por Amway o a través de la empresa.

6.2.3. No competencia (ex IBO ): Cada IBO acepta, durante el plazo de seis meses posteriores a la renuncia, no renovación o finalización del IB de dicho IBO, no poseer, gestionar, operar, dar asesoría, trabajar en un puesto clave ni participar como distribuidor independiente en (a) ningún otro programa de ventas directas que emplee una estructura de comercialización multinivel o en red, o (b) ninguna otra empresa que comercialice, a través de distribuidores independientes, productos o servicios con funciones intercambiables con aquellos ofrecidos a través de o por Amway.

6.2.4. No reclutamiento (ex IBO): Cada IBO acepta abstenerse, durante el plazo de 24 meses posteriores a la renuncia, no renovación o finalización del IB de dicho IBO, por cuenta propia o en nombre de otra persona o entidad, ya sea de manera directa o indirecta, de alentar, invitar o tratar de reclutar o persuadir a (i) cualquier IBO o (ii) cualquier persona que haya sido un IBO durante los dos últimos años con la finalidad de que posea, gestione, opere, dé asesoría, trabaje en un puesto clave o participe como distribuidor independiente en (a) cualquier otro programa de ventas directas que emplee una estructura de comercialización multinivel o en red, o (b) en cualquier otra empresa que comercialice, a través de distribuidores independientes, productos o servicios con funciones intercambiables con aquellos ofrecidos a través de o por Amway.

6.2.5. Los períodos descritos en las anteriores Reglas 6.2.3 y 6.2.4 se extenderán por cualquier período durante el cual el antiguo IBO infrinja la Regla aplicable.

6.2.6. El alcance geográfico de las Reglas 6.2.1, 6.2.2, 6.2.3 y 6.2.4 es el de toda la Región.

6.2.7. Los IBO aceptan que estas Reglas son razonables tanto en su alcance temporal como geográfico.

6.2.8. A los fines de la presente Regla 6.2, «puesto clave» significa un propietario, empleado, representante o contratista independiente que contribuya a la rentabilidad de su nuevo negocio o que esté en posición de recibir beneficios o ventaja competitiva de su nuevo negocio en virtud de su acceso a la Información de la LOS.

6.2.9. Ninguna parte de la presente Regla 6.2 limita la venta o distribución de Material de apoyo al negocio desarrollado de forma privada de acuerdo con las Reglas 7 y 6.3.

6.2.10. Ninguna parte de la presente Regla 6.2 limita la competencia entre IBO (a) en la venta de productos o servicios a través de o por Amway a los clientes, o (b) en el registro de IBO nuevos o clientes.

6.2.11. Los IBO aceptan que la presente Regla 6.2 protege los intereses de negocios competitivos razonables de Amway y de los IBO, y que una infracción de cualquier subparte de la presente Regla 6.2 causará un daño significativo e irreparable a Amway, suficiente para justificar la búsqueda de medidas preventivas, incluida una orden de restricción temporal o medidas cautelares, el cumplimiento forzoso de las obligaciones y el pago de daños y perjuicios, incluidos costos judiciales, honorarios de abogados y la devolución forzosa de todas las ganancias obtenidas como resultado de dicha infracción.

6.2.12. A excepción de las obligaciones bajo la Regla 6.2.1 y la Regla 6.2.2, las obligaciones de un IBO bajo esta Regla 6.2 continuarán vigentes y seguirán siendo exigibles luego de una renuncia, no renovación o finalización en forma voluntaria o involuntaria del IB de dicho IBO.

6.3. Otras actividades comerciales: A excepción de lo establecido en la Regla 6.2, los IBO pueden participar en otras iniciativas comerciales, incluidas otras actividades de ventas, que involucren productos, servicios u oportunidades de negocios. Sin embargo, los IBO tienen prohibido aprovechar su conocimiento o asociación con otros IBO a quienes no hayan registrado personalmente, incluido todo conocimiento derivado de o relacionado con la información relativa a la Línea de auspicio, con la finalidad de promover y expandir dichas iniciativas de negocios.

6.3.1. Cada IBO acepta no reclutar, ya sea de manera directa o indirecta, a otros IBO que no haya auspiciado personalmente con la finalidad de vender, ofrecer ventas o promocionar otros productos, servicios, oportunidades de negocios, inversiones, títulos o préstamos no ofrecidos a través de o por Amway. Los IBO acuerdan no vender, ofrecer ventas ni promover otras oportunidades de negocios, productos o servicios relacionados con el Plan. Ninguna parte de la presente Regla 6.3 limita la venta o distribución de Material de Apoyo al Negocio según la Regla 7.

6.3.2. Ninguna parte de la presente Regla 6.3 restringe, por ejemplo, a un IBO que normalmente se dedica a la operación de una estación de servicio, concesionaria automotriz, establecimiento minorista, salón de belleza o servicio profesional (por ejemplo, abogacía, medicina, odontología o contabilidad) a proporcionar servicios a Clientes que sean IBO y que los hayan solicitado. Sin embargo, dicho IBO no deberá buscar de manera activa el auspicio de otros IBO basándose en el conocimiento o información obtenidos como resultado de ser un IBO.

6.4. Aprobación de ciertas modificaciones al Contrato de IBO: La venta de una participación de propiedad en un IB, la transferencia de un IB, la fusión de IB, la separación o división de un IB o la cesión de derechos u obligaciones amparadas por un Contrato de IBO requieren de autorización explícita de Amway por escrito. Ninguna de las acciones anteriores podrá ser usada para manipular la Línea de auspicio.

6.5. Transferencias individuales: una transferencia individual implica la transferencia de un IBO sin ningún IBO de línea descendente. Cualquier IBO que desee cambiar de auspiciador deberá enviar una solicitud por escrito a Amway acompañada de (1) una autorización por escrito firmada por toda la línea ascendente del IBO en la Línea de auspicio hasta incluir al primer Platino calificado (2) una aceptación por escrito del nuevo auspiciador del IBO y del nuevo Platino de línea ascendente y (3) una declaración indicando la razón comercial de la solicitud de transferencia. Luego de obtener la autorización explícita de Amway por escrito para la solicitud, la aceptación por escrito del nuevo auspiciador y del Platino de línea ascendente confirma que estos aceptan todas las responsabilidades del IBO transferido.

6.6. Transferencias grupales: Una transferencia grupal implica la transferencia de un IBO con uno o más IBO de línea descendente.

6.6.1. Todo IBO que desee transferirse a un auspiciador diferente junto con uno o más IBO de línea descendente solo podrá hacerlo con autorización previa y por escrito de Amway. Además, el IBO deberá enviar a Amway una solicitud por escrito acompañada de (a) el consentimiento por escrito de todos los IBO de línea ascendente de la Línea de auspicio hasta incluir al primer Platino y Esmeralda calificados, (b) el consentimiento por escrito de todos los IBO que el IBO en cuestión desea transferir junto consigo, (c) el consentimiento por escrito del nuevo auspiciador y de su Platino calificado de línea ascendente a los que el IBO solicitante desea ser transferido, y (d) una declaración que indique la razón comercial de la solicitud de transferencia.

6.6.2. De acuerdo con la presente Regla, ningún IBO que actualmente se encuentre calificado como Productor Plata o superior podrá transferirse junto con los IBO de línea descendente.

6.6.3. Un/una IBO que haya anteriormente como Productor Plata o superior puede transferirse con los IBO de Línea descendente si han transcurrido más de 12 meses desde que el IBO recibió dicha calificación.

6.7. Inactividad por seis meses: Los IBO que deseen ser transferidos a un auspiciador diferente pero sean incapaces de obtener los consentimientos necesarios no podrán registrarse con un nuevo auspiciador hasta que su Contrato de IBO finalice o no sea renovado y permanezca inactivo durante un periodo de seis meses o más. Luego del período de inactividad, el antiguo IBO podrá registrarse como un IBO nuevo con un nuevo auspiciador.

6.7.1. Durante el período de inactividad, las personas no deberán realizar ninguna de las actividades de un IBO a su nombre o en nombre de otra persona o IB.

6.7.2. Ninguna de las siguientes acciones interrumpirá el período de inactividad de seis meses: (a) conseguir o enviar una solicitud de transferencia por escrito; (b) participar del proceso de mediación bajo la Regla 11.4; (c) operar un negocio afiliado a Amway en otro país en el cual una filial de Amway haga negocios; (d) hacer llegar a Amway una consulta respecto al estado de su IB; o (e) adquirir productos o servicios en calidad de Cliente.

6.7.3. Inactividad de dos años: Un IBO que se transfiere a un auspiciador nuevo, o que se registra bajo un auspiciador diferente después de 6 meses de inactividad, no puede auspiciar a ningún IBO que haya sido previamente línea ascendente o línea descendente suyo, hasta (hacia arriba o abajo) el primer Platino calificado, a menos que hayan transcurrido por lo menos dos años desde el vencimiento del Contrato de IBO auspiciado.

6.7.4. Inactividad de dos años (ingreso a un IB existente): los ex IBO no pueden ser incorporados a un IB existente por un plazo de 24 meses después del vencimiento de su Contrato de IBO.

6.8. Venta de IB: Un/una IBO que posea y opere un IB podrá vender su participación de propiedad en dicho IB únicamente a otro IBO autorizado que cumpla con las Reglas de conducta y que posea las habilidades, la experiencia, el buen juicio y los recursos suficientes para operar el IB, según lo determine Amway de manera razonable. Amway requiere que ciertos términos de venta específicos sean incluidos en cualquier contrato de venta. Dichos términos y un muestrario de contrato de venta se puede conseguir de Amway. Solo se puede vender un IB con la autorización expresa por escrito de Amway.

6.8.1. Para preservar la Línea de auspicio, el IBO vendedor debe ofrecer su IB en el orden de prioridad indicado a continuación y los IBO interesados en comprar el IB deben cumplir con todos los términos y condiciones establecidos en estas Reglas:

6.8.1.1. La primera opción de compra pertenece al Auspiciador Internacional del IBO vendedor, quien retiene el derecho a adquirir el IB a través de las negociaciones para vender el IB si satisface el precio y las condiciones de toda oferta de buena fe recibida y que el IBO vendedor considere aceptable;

6.8.1.2. La segunda opción de compra le pertenece al Auspiciador Foster del IBO vendedor, siempre y cuando la primera opción no haya sido ejercida. En el caso de que el IBO vendedor no tenga Auspiciador internacional, el Auspiciador local tiene el derecho a adquirir el IB a través de las negociaciones para vender el IB si satisface el precio y las condiciones de toda oferta de buena fe recibida y que el IBO vendedor considere aceptable;

6.8.1.3. La tercera opción, que se podrá ejercer, siempre y cuando la primera o la segunda opción antes mencionadas no hayan sido ejercidas, corresponde a cualquiera de los IBO registrados personalmente por el IBO vendedor;

6.8.1.4. La cuarta opción, que se podrá ejercer, siempre y cuando la primera, segunda o tercera opción antes mencionadas no hayan sido ejercidas, corresponde a cualquier IBO Platino calificado o superior en Línea de auspicio ascendente o descendente del IBO vendedor hasta el siguiente Diamante calificado;

6.8.1.5. La última opción, que se podrá ejercer, siempre y cuando la primera, segunda, tercera o cuarta opción no hayan sido ejercidas, corresponde a cualquier IBO en cumplimiento.

6.8.2. Si Amway opera un IB y ha celebrado un acuerdo de servicio con un IBO para que administre el IB, Amway tendrá la opción de vender el IB al IBO que presta el servicio.

6.8.3. Cuando se vende un IB, permanecerá en su misma posición en la Línea de auspicio.

6.9. Fusiones y combinaciones de IB: Las fusiones de IB resultantes de no haber presentado un Acuerdo de renovación, terminación, renuncia, fallecimiento (sin designación testamentaria) o de algún evento involuntario o causa fuera del control de cualquiera de los propietarios se permiten solo con la autorización de Amway por escrito.

6.10. Regla de los dos IB: un IBO puede ser propietario o tener una participación de propiedad en solo un IB, excepto: (a) cuando dos IBO se casan; (b) cuando un IB existente compra otro IB de acuerdo con la Regla 6.8; o (c) cuando el IB es, o será, legado al cónyuge, heredero u otro beneficiario de una persona fallecida, de acuerdo con la Regla 3.10.

6.11. Integración de padres/hijos: Como parte del Plan para asegurar la continuidad de un IB cuyos dueños sean padres e hijos («Plan de sucesión»), los IBO que sean padres e hijos pueden integrar sus IB respectivos, siempre y cuando envíen una solicitud por escrito a Amway y cumplan con las siguientes condiciones:

a) el o los hijos deben estar registrados directamente por los padres, o los padres deben estar directamente registrados por el o los hijos;

b) el IB del padre y el IB del hijo o los hijos deben haber operado como IB distintos durante no menos de 2 años antes de la fecha de implementación;

c) el padre y el hijo o los hijos deben estar calificados al nivel Platino o superiores a la fecha de implementación;

d) en caso de que el o los padres o el o los hijos hayan fallecido o no sean mental o físicamente competentes para administrar el IB antes de que ocurran las condiciones b y c arriba mencionadas, el hijo o los hijos o el padre o los padres que hereden el IB tendrán derecho a integrar los IB distintos de acuerdo con esta Regla.

Una vez que se cumpla con las condiciones anteriores, el comité Legal y de Ética del Consejo de la IBOAI analizará dicha solicitud y hará su recomendación a Amway. Amway podrá aprobar o no la solicitud tomando en cuenta dicha recomendación, el Plan de sucesión y las metas, objetivos y beneficios del Plan. La implementación de la integración o separación se hará el 1 de septiembre luego de que haya pasado por lo menos un año fiscal completo desde que Amway haya autorizado explícitamente la solicitud por escrito.

6.12. Divorcio, separación u otra disolución de una sociedad o entidad legal no conyugal: los IBO que se vean involucrados en una demanda de divorcio, separación de bienes conyugales o disolución de una sociedad o entidad legal no conyugal constituida conforme a la Regla 3.3 deberán continuar actuando de acuerdo con las Reglas de conducta.

6.12.1. Durante el proceso de divorcio, separación de bienes conyugales o disolución de una entidad legal, los IBO deben adoptar uno de los siguientes métodos de operación: (a) los IBO continúan operando el IB de manera conjunta «como de costumbre”; (b) uno o más IBO renuncia a su derecho y su interés en el IB; (c) los IBO pueden elegir de común acuerdo a un tercero que opere el IB sujeto a autorización expresa de Amway por escrito; o (d) si los IBO no logran elegir a un tercero de común acuerdo, Amway nombrará a un tercero para que actúe como depositario durante el proceso de divorcio o de disolución si considera que dicho nombramiento es necesario para evitar un impacto negativo en el negocio.

6.12.2. Después de un fallo final o sentencia de divorcio, un acuerdo final de separación u otro contrato doméstico que contenga un acuerdo para la liquidación o división de bienes que se ocupe de su IB, o después de una disolución definitiva de una entidad legal, los IBO pueden: (a) continuar operando de común acuerdo su IB bajo la forma de una sociedad u otra entidad legal permitida según lo establecido en la Regla 3.3; o (b) acordar que un IBO ceda todos sus derechos en el IB original al otro IBO o los otros IBO, momento en que el IBO que se retira tiene la libertad de registrarse inmediatamente bajo cualquier auspiciador.

6.12.3. Los IBO inferiores al nivel de Platino calificado no podrán dividir su IB en caso de divorcio, separación de bienes conyugales u otro tipo de disolución.

6.12.4. Después de la aprobación de Amway tras la presentación de una solicitud escrita firmada, los IBO que estén calificados al nivel Platino pueden dividir su IB para que uno de los IBO sea el auspiciador de los otros IBO. En tal caso, todos los grupos reconocidos por Amway como Auspiciador del 25 % o superiores dentro del último año («grupos calificados») permanecerán registrados bajo el IBO de línea descendente. El o los IBO en los grupos restantes («grupos no calificados») que desean cambiar de posición en la línea de auspicio deben cumplir con los requisitos de las Reglas de transferencia individual o grupal en las Reglas 6.5 y 6.6 respectivamente.

6.12.5. Al momento del divorcio, separación de bienes conyugales o disolución, los Esmeraldas calificados o superiores podrán dividir su IB, creando así dos IB distintos, uno de los cuales es auspiciado por el otro, en cuyo caso se impondrá un «IB fantasma» sobre sus IB separados. Bajo el acuerdo de «IB fantasma», independientemente de la manera en la que las partes hayan dividido su IB, sus IB separados serán considerados como un solo IB a efecto de calcular las bonificaciones que se pagarán a los IBO de línea ascendente. Las partes funcionarán como dos IBO separados en lo que respecta a sí mismas, a sus respectivos IB y a sus IBO auspiciados correspondientes. El IB de uno de los IBO no tendrá permitido generar una Bonificación de Liderazgo o de Profundidad por el volumen del IB del otro IBO. A pesar de que el IB original se divida en dos IB independientes, Amway podrá, a solicitud de los IBO, reconocer ambos IB recién creados como una sola entidad a fin de determinar las bonificaciones anuales. Así, el acuerdo del «IB fantasma» continúa con el IB previamente existente con la finalidad de calcular y pagar bonificaciones de un nivel más elevado a los IBO del IB original. Si uno de los IBO registra a otro IBO del IB original, el IBO auspiciado de Línea descendente con la máxima bonificación de rendimiento puede contar como un «grupo» calificado únicamente para fines de reconocimiento. Amway emitirá todos los cheques de las bonificaciones anuales en nombre de ambos IBO del IB original y serán ellos quienes deberán determinar la forma en que los fondos serán divididos. Siempre que un IB Esmeralda o de nivel superior sea dividido, los IBO del IB original podrán valerse de su anterior nivel de distinción para cumplir con la calificación necesaria y ser invitados a algún evento auspiciado por Amway para un año fiscal posterior al año fiscal en el que haya tenido lugar el divorcio, la separación de bienes conyugales o la disolución de que se trate. Una vez que el IB haya sido dividido en dos IB, los nuevos IB dejarán de ser consideradas como un solo IB combinado para efectos de reconocimientos futuros de distinción o incentivos de nivel superior, pero en lo sucesivo cada IB deberá calificar por cuenta propia. Para realizar la división del IB y permitir que los IBO operen IB distintos, estos deberán presentar una copia certificada del fallo final o sentencia de divorcio, un acuerdo final de separación u otro contrato doméstico que contenga un acuerdo para la liquidación o división de bienes que se ocupe de su IB, o un acuerdo final de disolución y cualquier documento adicional solicitado por Amway.

6.13. Disposición de un IB: Si un/una IBO renuncia, no renueva, finaliza su IB, fallece sin transferir el IB o Amway finaliza tu contrato, Amway podrá decidir el futuro del IB de acuerdo con las presentes Reglas.

7. Materiales de apoyo al negocio

En las presentes Reglas, los Materiales de apoyo al negocio (BSM) significa todos los productos y servicios (incluidos, entre otros, materiales promocionales, libros, revistas, rotafolios y demás materiales impresos, literatura en la red, sitios de Internet, publicidad, audio, video o medios digitales, reuniones, seminarios educativos y otros tipos de materiales y servicios) que (i) estén diseñados para reclutar y/o educar a los Prospectos, Clientes o posibles Clientes de los productos o servicios de Amway, o para respaldar, capacitar, motivar y/o educar a los IBO, o (ii) que incorporen o usen una o más de las Marcas u obras protegidas por derechos de reproducción de Amway, o (iii) que sean ofrecidos con un sentido implícito o explícito de afiliación, conexión o algún tipo de asociación con Amway. Al menos que se especifique de lo contrario en la escritura, los IBO reconocen que no se interpretará ni será interpretado nada en esta regla, o en ninguna otra regla, pues la licencia o el otro permiso de incorporar cualquier información de LOS en cualquier BSM.

7.1. Reglas generales sobre BSM

7.1.1. Los IBO podrán vender BSM únicamente según se establece en las Reglas 7.1 y 7.2. Los BSM creados, usados, promocionados, distribuidos u ofrecidos a la venta por o a los IBO deben: (a) cumplir con todos los Estándares de contenido de los QAS y con todas las Reglas de Conducta aplicables en relación con su uso, promoción y venta; (b) enviarse a Amway para su revisión antes de su uso, promoción, distribución o venta; (c) ser autorizados por Amway; y (d) si así lo requiere la categoría de BSM, llevar el número de autorización proporcionado por Amway.

7.1.2. Los IBO en su primer año de contrato posterior al registro con Amway tienen prohibido comprar BSM de forma directa o indirecta. El primer año de contrato es el periodo entre el registro del IBO con Amway y el fin de su primer término de contrato como IBO bajo la Regla 3.6, pero para aquellos IBO que se registraron con Amway en agosto del 2023, su término de primer contrato IBO finaliza recién el 31 de diciembre del 2024. Además, los IBO y Proveedores Aprobados tienen prohibido vender BSM, directa o indirectamente, para remuneración o recopilación de ingresos a todo tipo de IBO en su primer año de contrato. No se permite vender BSM a los Prospectos.

7.1.3. Las Reglas de garantía de satisfacción y de recompra de Amway no se aplican a materiales que no sean vendidos por Amway. Los BSM podrán venderse únicamente si están sujetos al derecho del comprador de devolver dichos materiales a cambio de un reembolso de acuerdo a las siguientes disposiciones:

7.1.3.1. Los términos de la política de reembolso, incluidos los términos respecto a los procedimientos para la resolución de disputas y la persona responsable de las devoluciones, deberán comunicarse al comprador antes de cualquier venta. Además de la persona designada para el manejo de las devoluciones, el IBO vendedor y el Proveedor Aprobado serán responsables de manejar las devoluciones si la venta tuvo lugar de acuerdo con la Regla 7.2 y el IBO vendedor junto con su IBO Platino o superior de línea ascendente serán responsables de manejar las devoluciones de todas las demás ventas.

7.1.3.2. Con excepción de lo establecido en la Regla 7.1.3.3, un IBO que sea el usuario final de BSM puede devolver los BSM que haya comprado, junto con un comprobante de compra, dentro de los 180 días a partir de la fecha de compra, para obtener un reembolso bajo términos comercialmente razonables.

7.1.3.3. Además de cumplir con los requisitos de la Regla 7.1.2 y abstenerse de vender BSM para remuneración o recopilación de ingresos a todo tipo de IBO en su primer año de contrato, cada IBO que decide vender boletos para seminarios, eventos y otras reuniones del negocio tiene la obligación de readquirir boletos comprados para su uso personal durante un periodo de 30 días posteriores al evento. Dicho reembolso será por la porción del costo del evento relacionada con la admisión al evento, excluyendo el costo de viajes, comidas o alojamiento.

7.1.3.4. Los BSM que se ofrezcan como suscripciones a sitios web y medios descargables se encuentran sujetos a los siguientes requisitos además de los de la Regla 7.1.3: (a) los compradores que cancelen suscripciones a sitios web tienen derecho a un reembolso de los meses completos no usados de cualquier suscripción prepaga; y (b) los compradores de materiales descargables tienen derecho, si no están satisfechos, a obtener una descarga de reemplazo de igual valor dentro de los 30 días a partir de la fecha de compra de dicho material descargable.

7.1.4. Los IBO que promocionen, vendan, distribuyan u ofrezcan BSM para la venta deben: (a) asegurarse de que dicho BSM no se venda ni se ofrezca para su venta junto con el registro del IBO en Amway o en cualquier otro momento del primer año de contrato del IBO con Amway según la Regla 7.1.2; (b) brindar a los compradores de tales BSM cualquier declaración u otro tipo de información que Amway pueda requerir ocasionalmente; (c) informar de manera clara a todos los IBO compradores que la adquisición de BSM es opcional y estrictamente voluntaria e (d) informar al comprador sobre políticas de reembolso aplicables a tales BSM según la Regla 7.1.3.

7.1.5. Ningún IBO puede grabar presentaciones de Amway sin el consentimiento previo por escrito de Amway. Un/una IBO podrá hacer una sola grabación de las charlas o presentaciones realizadas por personas que no sean empleados de Amway en cualquier reunión auspiciada por Amway, siempre que la grabación sea para su uso personal y no sea reproducida por ningún motivo.

7.1.6. A pesar de que el contenido específico de los seminarios en vivo, eventos y reuniones de negocios u otros BSM similares debe cumplir con los estándares de control de calidad, dicho BSM no requiere autorización previa de Amway a menos o hasta que el contenido se encuentre reducido a un medio fijo (por ejemplo, impreso o en audio o video) para su uso con IBO o prospectos.

7.1.7. Un/una IBO que compre, promueva, distribuya u ofrezca BSM para vender deberá tomar medidas necesarias para determinar que la cantidad y el costo de los BSM estén razonablemente relacionados con el volumen de ventas y las ganancias del IB del comprador.

7.1.8. Los IBO que creen, promocionen, distribuyan o vendan BSM a otros IBO no podrán compensar ni remunerar a otros IBO en relación con dicha distribución, excepto según lo establecido en la Regla 7.2.

7.1.9. Los IBO podrán organizar seminarios, eventos o reuniones de negocios para IBO que coincidan con sus obligaciones de capacitación como auspiciadores o Platinos.

7.1.10. Los IBO que creen, usen, vendan, promuevan o distribuyan BSM aparte de lo establecido en la Regla 7.2 deberán obtener autorización por escrito apropiada de Amway según la Regla 8 a fin de hacer uso de cualquier Marca, material protegido por derechos de autor o propiedad intelectual de Amway relacionada con dicho BSM.

7.1.11. Los IBO que creen, usen, vendan, promocionen o distribuyan BSM no deberán infringir los derechos de autor ni de propiedad intelectual de Proveedores Aprobados, de otros IBO ni de terceros.

7.1.12. Los IBO calificados en el nivel Platino o superiores que no estén afiliados con un Proveedor Aprobado y deseen vender, promocionar o distribuir BSM, deben registrarse con Amway y completar el «Formulario de registro de BSM Platino», disponible en el departamento administrativo de Materiales de apoyo al negocio.

7.2. Venta, promoción y distribución de BSM con autorización de un Proveedor Aprobado (un proveedor autorizado por Amway para proveer BSM a los IBO o usar BSM con prospectos, de conformidad con el Programa ACREDITACIÓN PLUS)

7.2.1. Los IBO que deseen vender, promover o generar ingresos por la venta de BSM de un Proveedor Aprobado deberán tener un contrato escrito o algún otro tipo de autorización vinculante de dicho Proveedor según el programa, obligando al IBO a respetar los Estándares de control de calidad aplicables en relación con dichas actividades.

7.2.2. Los IBO autorizados por un Proveedor Aprobado para vender, promover o distribuir BSM de dicho Proveedor conforme a la Regla 7.2 no requieren autorización adicional de Amway para realizar tales actividades.

8. Marcas y obras protegidas por derechos de reproducción

Las marcas y obras protegidas por derechos de reproducción de Amway son activos comerciales de Amway importantes y valiosos. Las marcas ayudan a identificar la fuente y la reputación de los productos y servicios de Amway en todo el mundo y los distinguen de los de la competencia. Amway hace todos los esfuerzos comercialmente razonables para proteger sus marcas contra el uso indebido, como, por ejemplo, a través de las Reglas de conducta, la acreditación de Proveedores Aprobados y un programa de identidad corporativa que exige el uso correcto y coherente de las marcas, tanto en su apariencia como en su contenido.

8.1. Uso de marcas y obras protegidas por derechos de reproducción: Un IBO podrá usar las marcas y obras protegidas por derechos de reproducción de Amway solamente con permiso previo de Amway por escrito, el cual puede ser presentado a través de una publicación general (a todos los IBO) o a través de escritos específicos a uno o más IBO. Sin limitaciones, Amway podrá exigir el cumplimiento de las especificaciones, que los materiales que usen las Marcas u obras protegidas por derechos de autor de Amway sean proporcionados por Amway o por uno de sus proveedores autorizados, así como condicionar el uso de sus Marcas y obras protegidas por derechos de autor. Todo permiso otorgado por Amway constituirá una licencia limitada, no exclusiva, no transferible y revocable para el uso de dichas marcas y obras protegidas por derechos de reproducción únicamente en relación con los negocios de Amway dentro de la región. Sujeto a las condiciones y especificaciones publicadas o proporcionadas específicamente por escrito ocasionalmente, las marcas y obras protegidas por derechos de reproducción podrán ser usadas únicamente en:

(a) rótulos de oficina para interiores y exteriores; (b) cualquier forma de rótulos para vehículos; (c) listados telefónicos; (d) literatura promocional; (e) papelería; (f) primas, y (g) tarjetas de negocios. Otros usos propuestos serán considerados a petición. Sin limitación, Amway no autorizará que los IBO hagan uso de las marcas en cheques impresos.

9. Cumplimiento del Contrato de IBO (recursos en caso de incumplimiento)

El cumplimiento del Contrato de IBO es esencial para la preservación de un negocio robusto y viable para los IBO y para Amway. Tanto los IBO como Amway tienen derechos y responsabilidades en caso de incumplimiento del Contrato de IBO.

9.1. Derechos y responsabilidades de Amway: Cuando Amway detecte un posible incumplimiento del Contrato de IBO, primero realizará las investigaciones adecuadas. Antes de emprender una acción coercitiva, Amway intentará contacta al IBO para en esfuerzo para resolver el problema. Si la comunicación no resuelve el asunto, Amway podrá tomar cualquier medida coercitiva autorizada por el Contrato de IBO que incluye, pero no se limita a, una o cualquier combinación de las siguientes medidas:

9.1.1. Una advertencia escrita a un IBO y/o a sus IBO de línea ascendente o descendente de la Línea de Auspicio.

9.1.2. Volver a capacitar a un IBO y/o a los IBO de línea ascendente o descendente de la Línea de Auspicio.

9.1.3. La suspensión de algunos o todos los derechos de un IBO durante un período especificado o hasta que se cumplan ciertas condiciones.

9.1.4. Retirar o denegar un premio, viaje, reconocimiento de distinción o algún otro incentivo.

9.1.5. Retener cualquier bonificación mensual o anual o el pago de incentivos.

9.1.6. Remedios de compensación según corresponda.

9.1.7. Transferencia de un IBO o de un grupo de IBO.

9.1.8. Finalización de un Contrato de IBO.

Si un IBO decide impugnar alguna medida tomada por Amway de acuerdo con esta Regla, deberá someter el asunto a los procedimientos para la resolución de disputas descritos en la Regla 11.

9.2. Derechos y responsabilidades de los IBO: Si un IBO cree que otro IBO ha incumplido con el Contrato de IBO, en primer lugar el IBO debe comunicarse con el IBO en cuestión en un esfuerzo por resolver el asunto. Si un/una IBO cree que Amway ha incumplido el Contrato de IBO, se deberá contactar primero a Amway con el fin de resolver el problema. Si las negociaciones con un IBO o con Amway no resuelven el problema, el/la IBO podrá presentar una queja por escrito ante Amway. Dicha queja deberá explicar el problema con el mayor detalle posible y deberá incluir toda la documentación que la apoye. De ser necesario, Amway llevará a cabo las investigaciones necesarias y tomará medidas coercitivas o correctivas de acuerdo con el Contrato de IBO. Si algún problema permanece sin ser resuelto, este quedará sujeto a los Procedimientos para la resolución de disputas que se describen en la Regla 11.

9.2.1. Si un IBO elige impugnar la validez de una Regla o de otro término del Contrato de IBO, primero deberá contactar a Amway en un esfuerzo por resolver el problema. Si el/la IBO no está conforme con la respuesta de Amway, la disputa se resolverá mediante arbitraje tal como se establece en la Regla 11.5.

9.3. Obligación de cooperar: Todos los IBO están obligados a responder a las consultas y a cooperar oportunamente con cualquier investigación realizada por Amway. La falta de respuesta a las investigaciones o la cooperación oportuna constituye incumplimiento del Contrato de IBO y puede dar lugar a que Amway tome medidas contra el IB.

9.4. No exoneración: La falta de imposición de cumplimiento por parte de Amway o de cualquier IBO de cualquier incumplimiento de cualquier disposición del Contrato de IBO no constituirá una exoneración de ningún incumplimiento previo, concurrente o posterior de la misma o de cualquier otra disposición del Contrato de IBO.

10. Modificación del Contrato de IBO

Amway podrá modificar el Contrato de IBO de acuerdo a los siguientes procedimientos:

10.1. Cualquier cambio a la Regla 11 requiere un acuerdo mutuo entre el Consejo de la IBOAI y Amway. Para todas las demás Reglas, la autoridad definitiva para tomar decisiones con respecto a las modificaciones del Contrato de IBO corresponde a Amway. Antes de una acción final, Amway enviará al Consejo de la IBOAI todos los cambios del Contrato de IBO que puedan afectar sustancialmente a los IBO para su análisis, evaluación y recomendación.

10.2. Amway notificará a los IBO de los cambios propuestos sujeto a la Regla 10.1 y los publicará para su revisión en www.amway.com, en el que los IBO podrán iniciar sesión y presentar sus comentarios al respecto. Amway y el Consejo de la IBOAI tomarán en consideración los comentarios enviados durante los 30 días posteriores a dicho aviso. Los cambios propuestos entrarán en vigor 15 días después del final del período de comentarios, a menos que Amway haga más modificaciones luego de consultar al Consejo de la IBOAI (y de acuerdo al caso de la Regla 11). Amway informará dichas modificaciones en www.amway.com 15 días antes de su fecha de entrada en vigor. Estos períodos podrán abreviarse en caso necesario para que un cambio específico cumpla con una nueva ley o alguna otra orden del Gobierno, para proteger a los IBO de un grave perjuicio financiero o para proteger la integridad del Plan. Los cambios en las reglas solo tienen un efecto futuro.

10.3. Antes de la fecha de entrada en vigor de cualquier cambio propuesto a las Reglas, cualquier IBO que no desee aceptar una Regla puede, si lo desea, notificar su intención de renunciar al negocio con Amway en la fecha de entrada en vigor. A menos que la modificación propuesta a las Reglas sea retirada, la renuncia del IBO entrará en vigencia y Amway reembolsará una porción proporcional de la cuota de renovación del IBO, si se pagó ese año. El IBO que desee renunciar podrá vender su IB de acuerdo con la Regla 6.8. Asimismo, el/la IBO que desee renunciar podrá devolver cualesquiera productos comercializables no usados conforme con la Regla 4.10.

11. Procedimientos para la resolución de disputas

Las disputas derivadas de o relacionadas con un IB, el Plan o los demás términos del Contrato de IBO, incluyendo, pero no limitándose a, toda reclamación estatuaria o de derecho común, así como disputas que implican Materiales de apoyo al negocio («Disputas») se resolverán en conformidad con esta Regla. Los procedimientos para la resolución de disputas descritos en este Regla se aplican a Disputas que involucren a las siguientes partes: (1) un IBO, un ex IBO o los funcionarios, directivos, representantes o empleados de dicho IBO (denominado colectivamente como «los IBO» para propósitos de esta Regla 11); (2) Amway, Amway Canada Corporation y cualquier compañía matriz, subsidiaria, filial, predecesora o sucesora de las mismas, así como cualquiera de sus funcionarios, directivos, representantes o empleados (denominado colectivo como «Amway» para propósitos de esta Regla 11); y (3) un Proveedor Aprobado o sus funcionarios, directivos, representantes o empleados (denominado colectivamente como «Proveedores Aprobados» para propósitos de esta Regla 11). Para los propósitos de esta Regla 11, los IBO, Amway y los Proveedores Aprobados se denominarán colectivamente como «Parte» o «Partes.» La Regla 11 es recíproca y se aplica a todas las Partes.

La única excepción será cuando la reclamación presentada por un IBO o por Amway sea por una deuda por productos o servicios ofrecidos por o través de Amway al IBO o en su nombre, y las únicas Partes de esa reclamación sean Amway y el IBO, y el valor total de la reclamación sea de menos de $10,000.00. En estos casos, el IBO o Amway pueden elegir presentar la reclamación ante cualquier juzgado de jurisdicción competente, incluidos tribunales menores. En todos los demás casos, las Partes resolverán la disputa según lo aquí dispuesto, hasta llegar al arbitraje vinculante de ser necesario.

11.1. Enmienda solo con el consentimiento de la IBOAI: La presente Regla 11 y sus subsecciones deben ser enmendadas solamente mediante el acuerdo mutuo entre Amway y el Consejo de la IBOAI, y tales enmiendas no deberán ser aplicadas de manera retroactiva a ninguna disputa de la cual Amway o el Consejo de la IBOAI tenga conocimiento en el momento de la enmienda.

11.2. Medidas cautelares temporales o preliminares: Ninguna parte de las presentes Reglas impide que las Partes traten de obtener medidas cautelares temporales o preliminares, sin perjuicio de la obligación de las Partes de participar en la mediación o el arbitraje vinculante a la Regla 11.

11.3. Confidencialidad: Las Partes, al estar involucradas de cualquier manera en un proceso de resolución de disputas, no divulgarán a ninguna otra persona que no esté involucrada directamente en el proceso de resolución de disputas: (a) el contenido o los fundamentos de la Disputa; (b) el contenido de ningún testimonio u otra información obtenida a través del proceso de resolución de disputas; o (c) la resolución (sea o no de forma voluntaria) de ningún asunto sujeto al proceso de resolución de disputas. No obstante, nada de lo contenido en las presentes Reglas impedirá que cualquiera de las Partes investigue de buena fe una reclamación o defensa, lo que incluye la entrevista de testigos u otras formas de investigación.

11.4. Mediación no vinculante: El proceso de mediación se compone de dos etapas: Mediación facilitadora y un panel de audiencia, ambos no vinculantes. El proceso de mediación es recíproco y se aplica a todas las Partes. Las Partes de una disputa participarán en el proceso de mediación establecido en esta Regla 11.4, antes de proceder al arbitraje vinculante conforme a la Regla 11.5; no obstante, en aquellas disputas cuando un IBO es una Parte, el/la IBO podrá, a su discreción, optar por no participar del proceso de mediación en cualquier momento, antes o durante la mediación facilitadora o el panel de audiencia, y podrá en su lugar proceder directamente al Arbitraje vinculante conforme a la Regla 11.5

La Parte que primero busca resolución de una Disputa comenzará la Mediación facilitadora, sujeto a la capacidad de poder no participar que tenga el/la IBO del proceso de mediación como descrito arriba, si se proporciona una solicitud de mediación a las otras Partes afectadas y, en cualquier Disputa, el departamento de Reglas y Conductas del Negocio de Amway. En aquellos casos en los que la IBOAI esté involucrada en la mediación, una copia del formulario de Solicitud de mediación se le entregará a la IBOAI y al presidente del Panel de Audiencias y Disputas de la IBOAI.

11.4.1. Mediación facilitadora: En caso de que una Mediación facilitadora ocurra, el Consejo de la IBOAI proporcionará a los IBO con experiencia disponibles para servir como mediadores («Mediador de IBOAI»).

11.4.1.1. En los casos en que solo los IBO y Amway son las Partes en la Disputa y uno/una o más IBO involucrados en la misma no optaron por no participar del proceso de mediación conforme a la Regla 11.4, un Mediador de IBOAI servirá y conducirá una Mediación facilitadora con las Partes, a menos que uno/una o más IBO involucrados en la Disputa se oponga a tener un Mediador IBOAI. En tal caso, la Mediación facilitadora tendrá lugar con un mediador neutral independiente que sea aceptable para todas las Partes. Amway puede proveer una lista de mediadores, pero no se le obligará a las Partes que estén de acuerdo respecto a un mediador de esa lista.

11.4.1.2. En los casos en que un Proveedor Aprobado sea una Parte en la Disputa y uno/una o más IBO involucrados en la misma no optaron por no participar del proceso de mediación conforme a la Regla 11.4, la Mediación facilitadora tendrá lugar con un mediador neutral independiente que sea aceptable para todas las Partes, a menos que todas las Partes involucradas en la Disputa estipulen tener un Mediador IBOAI para la Mediación facilitadora. Amway puede proveer una lista de mediadores, pero no se le obligará a las Partes que estén de acuerdo respecto a un mediador de esa lista.

11.4.1.3. En todos los casos en los que las Partes no logren acordar un mediador dentro de diez días laborales después de recibir el formulario de Solicitud de mediación, cualquier Parte al notificar a cualquier otra Parte involucrada en la Disputa podrá solicitar a la Asociación Americana de Arbitraje (AAA) que seleccione un mediador.

11.4.1.4. Amway pagará los honorarios razonables hasta por un día completo, excepto si un Proveedor Aprobado es una de las Partes, en cuyo caso este será responsable de su porción proporcional de dichos honorarios.

11.4.1.5. La Mediación facilitadora tendrá lugar dentro de un plazo de 30 días luego de haber seleccionado al mediador. Las Partes pueden acordar extender esta fecha por otros 30 días. Y, el mediador podría extender la fecha límite a 30 días adicionales bajo solicitud de una Parte (por un total que no supere los 90 días desde la fecha en que un mediador fue seleccionado).

11.4.1.6. El procedimiento de Mediación facilitadora es confidencial y no se permite la presencia del público; pero cualquier participante puede, si así lo elige, estar acompañado por un abogado u otro representante personal, como un IBO de línea ascendente o un amigo o un familiar, siempre que el representante acuerde respetar la confidencialidad del proceso establecida en la Regla 11.3.

11.4.1.7. Todas las Partes que reciben notificación de la Mediación facilitadora deben participar en la misma, sujeto a la capacidad que tenga el/la IBO de optar por no participar del proceso de mediación según la Regla 11.4. Se recomienda encarecidamente que las Partes asistan a la Mediación facilitadora en persona, pero no están obligadas a hacerlo. Si las Partes optan por asistir en persona, serán responsables de sus propios gastos. Si Amway o algún IBO contendiente no participan de buena fe, ello constituirá un incumplimiento del Contrato de IBO y la Parte infractora deberá reembolsar a las otras Partes todos los gastos directamente ocasionados por el incumplimiento, según lo determine el mediador.

11.4.1.8. Dentro de un plazo de dos semanas a partir de la Mediación facilitadora, el mediador deberá proporcionar a las Partes una declaración escrita en la que se resuma cualquier acuerdo entre las Partes que resuelva sus disputas y, en caso de que alguna de estas permaneciera sin resolver, que declare que las Partes se encuentran en un punto muerto. El mediador puede, a su discreción, recomendar una resolución para cualquier disputa no resuelta en la Mediación facilitadora. Dentro de los 14 días posteriores a la recepción de dicho resumen, cada una de las Partes deberá declarar por escrito si está de acuerdo o no con las recomendaciones del mediador, de forma parcial o total.

11.4.2. Panel de audiencia: Si alguna parte de la Disputa no se resuelve con la Mediación facilitadora bajo la Regla 11.4.1, cualquier IBO que es una Parte de la Disputa restante podrá solicitar un Panel de audiencia, sujeto a la capacidad que tenga el/la IBO de optar por no participar del proceso de mediación según la Regla 11.4. Toda Disputa restante que involucre a un Proveedor Aprobado, o cualquier desafío hecho a la imparcialidad del panel de audiencia mismo, deberá ir directamente al Arbitraje vinculante sin un Panel de audiencia.

11.4.2.1. Debe presentarse un formulario de Solicitud de panel de audiencia al departamento de Reglas y conductas del negocio Amway o al presidente del Panel de audiencia dentro de un plazo de 30 días a partir de la declaración escrita del mediador de acuerdo con la Regla 11.4.1.8. Una vez recibida la solicitud, el asunto se programa para la siguiente sesión del Panel de audiencias y disputas, la cual no deberá ser posterior a los 60 días desde presentada la solicitud. Todas las Partes que reciben notificación de la audiencia deben participar en la misma, sujeto a la capacidad que tenga el/la IBO de optar por no participar del proceso de mediación según la Regla 11.4., a menos que sea eximido/eximida por el presidente del Panel de audiencia o su designatario. Se recomienda encarecidamente a las Partes que asistan a la audiencia en persona, pero no están obligadas a hacerlo. Si las Partes optan por asistir en persona, serán responsables de sus propios gastos.

11.4.2.2. El Comité ejecutivo del Consejo de la IBOAI selecciona al presidente del Panel de audiencias, a tres miembros adicionales del Panel y a suplentes que pueden prestar sus servicios. El presidente del Panel de audiencias y disputas confirmará que ninguno de los miembros del Panel presente un conflicto de intereses respecto a los asuntos objeto del Panel. Una vez seleccionados, los miembros del Panel tienen prohibido hablar de la Disputa con persona alguna antes de la fecha de la audiencia. Cada miembro del panel y las Partes involucradas recibirá una copia del expediente de la Disputa.

11.4.2.3. Las Partes deberán intercambiar todos los documentos en los cuales tengan intención de basarse durante la audiencia por lo menos 10 días antes de la audiencia. Asimismo, las Partes deberán enviar al Panel todos los documentos que tengan la intención de usar para probar o defenderse de la reclamación por lo menos 10 días antes de la audiencia. Si alguna de las Partes omite enviar dichos documentos de forma oportuna, el Presidente del Panel de Audiencia podrá rechazar su introducción.

11.4.2.4. El presidente del Panel está facultado para dirigir la audiencia y para hacer que personas autorizadas tomen un juramento a todo testigo. No se aplicarán las reglas de evidencia.

11.4.2.5. Cuando no exista una resolución voluntaria, el Panel de Audiencia hará llegar a las Partes y a Amway, dentro de un plazo de 30 días luego de concluida la audiencia, una declaración escrita de los hechos y una recomendación de resolución no obligatoria, incluida, si corresponde, la imposición de ciertas sanciones. Durante los 14 días posteriores a la recepción de dicha recomendación, cada Parte deberá informar al Panel y a las otras Partes si: (a) acepta la resolución recomendada en su totalidad; (b) acepta algunas porciones específicas de la resolución recomendada y rechaza el resto, o (c) rechaza la resolución recomendada en su totalidad. Cualquiera de las Partes puede pedir arbitraje para cualquier Disputa no resuelta conforme a la Regla 11.5.

11.5. Arbitraje vinculante: Las Partes deberán presentar cualquier Disputa que no haya sido resuelta mediante el proceso de mediación descrito en la Regla 11.4 a un Arbitraje vinculante de acuerdo con la presente Regla 11.5.

11.5.1. El laudo arbitral será definitivo y vinculante, y cualquier fallo al respecto podrá presentarse ante cualquier juzgado de jurisdicción competente. Las Partes acuerdan que este acuerdo de Arbitraje vinculante se realiza en conformidad con una transacción relacionada con el comercio interestatal y aceptan que la Ley Federal de Arbitraje se aplicará en todos los casos y regirá la interpretación y la implementación del acuerdo de Arbitraje vinculante.

11.5.2. Renuncia a demanda colectiva: Las Partes acuerdan mutuamente renunciar a cualquier derecho de imponer cualquier disputa como demanda de clase, colectiva o representativa, o a participar en cualquier disputa impuesta como tal.

11.5.3. Arbitraje no colectivo: Las Partes acuerdan que, si se encuentra que la Renuncia a Demanda colectiva de la Regla 11.5.2 es nula o carece de fuerza ejecutoria por la razón que sea, cualquier moción hacia la certificación de la Disputa como demanda colectiva, y cualquier demanda colectiva subsiguiente, de ser certificada, deberá presentarse y disponerse solamente ante los tribunales, y no a través de otro mediador; los reclamos de demandas colectivas no se pueden presentar para arbitraje bajo estas Reglas y bajo ninguna circunstancia.

11.5.4. Inicio del arbitraje: La Parte demandante podrá presentar una demanda de arbitraje ya sea ante la Asociación Americana de Arbitraje (AAA) o ante JAMS. El arbitraje se iniciará y tendrá lugar de acuerdo con las tarifas y reglas de arbitraje comercial de la AAA o de JAMS (la que sea elegida) y de acuerdo con la presente Regla 11.5. Si existen conflictos entre las reglas de arbitraje de JAMS o la AAA y la presente Regla 11.5, prevalecerá la Regla 11.5. Las reglas de arbitraje comercial y la información sobre cómo iniciar un arbitraje se pueden obtener (1) llamando a AAA al 1-800-778-7879 o visitando www.adr.org/Rules, o (2) llamando a JAMS al 1-800-352-5267 o visitando www.jamsadr.com/adr-rules-procedures.

11.5.4.1. Si un IBO demanda arbitraje contra Amway o un Proveedor Aprobado y su reclamación es por menos de $10,000, Amway o el Proveedor Aprobado, dependiendo de quién sea el demandado correspondiente, deberá pagar todos los honorarios de AAA o JAMS aplicables por el inicio y la administración del arbitraje, así como los honorarios razonables del árbitro por hasta dos días. Si un/una IBO reclama en exceso de $10,000, las tarifas aplicables de AAA o JAMS por iniciar y administrar el arbitraje y tarifas razonables del árbitro estarán a cargo de las Partes equitativamente.

11.5.5. Limitaciones: A menos que lo prohíba la ley, la demanda de arbitraje de toda Parte deberá realizarse dentro de los dos años luego del reclamo, pero en ningún caso después de la fecha en que la iniciación de procedimientos legales hubiera sido denegada por la legislación de prescripción aplicable. El período de dos años, o cualquier período de limitaciones estatutarias de menor duración, se extenderá durante el proceso de Mediación descrito en la Regla 11.4, siempre que dicho proceso no reactive ningún período de limitaciones que haya vencido antes del momento en que una de las Partes invoque la Regla 11.4.

11.5.6. Árbitro individual: A menos que todas las Partes del arbitraje convengan lo contrario, se elegirá a un solo mediador, y los candidatos a este rol deberán contar con por lo menos cinco años de experiencia como juez estatal o federal, o como profesional de la Resolución Alternativa de Disputas (ADR, por sus siglas en inglés), incluida una experiencia sustancial en el arbitraje comercial.

11.5.7. Problemas de arbitraje a ser decididos por el árbitro: El mediador y no cualquier tribunal federal, estatal o local o agencia, tendrá autoridad exclusiva para resolver cualquier disputa relativa a interpretar, aplicar, cumplir o formar este Acuerdo, incluida, pero no limitada, a cualquier declaración que toda o cualquier parte de este Acuerdo es nula o anulable.

11.5.8. Laudo: El laudo del mediador deberá limitarse a decidir los derechos y responsabilidades de las partes en la disputa específica que está siendo arbitrada. El laudo del árbitro no tendrá ningún efecto colateral de preclusión en ningún otro procedimiento. El árbitro no estará obligado a proporcionar una declaración con las razones para su laudo a menos que así lo soliciten las Partes.

11.5.9. Consolidación: Las reclamaciones similares que involucren a múltiples Partes pueden ser consolidadas ante un mismo árbitro si las Partes están de acuerdo. El árbitro decidirá cualquier asunto de consolidación que se encuentre en controversia.

11.5.10. Descubrimiento: No obstante las disposiciones sobre el descubrimiento de pruebas en poder de la contraparte contenidas en las reglas de arbitraje comercial de JAMS o AAA, las cuales se incorporan en el párrafo 11.5.4 anterior, dicho descubrimiento no tendrá lugar durante un arbitraje conforme a estas Reglas, hasta que lo autorice el mediador. El mediador decidirá la cantidad, el alcance y el momento oportuno para descubrir las pruebas según lo considere apropiado en cada caso. Asimismo, antes de requerir la exhibición de pruebas, las Partes involucradas en el arbitraje deberán adoptar una orden de confidencialidad pertinente que sea congruente con el Contrato de IBO. Si no llegan a un acuerdo, el mediador impondrá los requisitos de confidencialidad pertinentes a las Partes y testigos.

*IBOAI es una marca comercial registrada de la Independent Business Owners Association International.